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GI ENE-FEB2021

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27 S A L U D R E P R O D U C T I VA | R E V I S TA G I PREVENCIÓN Y FOMENTO DEL USO SEGURO EN NIÑOS Y ADOLESCENTES Concienciar y promover el cuidado de la privacidad a los hijos. Es necesario hacer- los partícipes de las implicaciones y riesgos que supone no proteger la privacidad, tan- to en la actualidad como de cara al futuro, mostrando las consecuencias de forma que comprendan lo que está en juego. Sensibilizar a los menores de la peligrosidad de esta práctica, tanto como protagonistas de los contenidos (para valorar si quieren to- mar parte), como receptores (para que res- peten la confianza otorgada, la privacidad e intimidad de la otra persona). Promover una autoestima saludable en los hijos para que aprendan a valorarse a sí mismos y no dependan de la opinión de los demás. Configurar correctamente los dispositi- vos y aplicaciones para evitar perder el control de la información que guardan, haciendo un uso correcto de contraseñas de acceso y almacenando la menor canti- dad posible de contenidos de riesgo. Mantener la comunicación familiar so- bre estas problemáticas. Esta confianza ayudará a una resolución rápida de los problemas e incluso a evitar que lleguen a producirse. Fuentes: https://www.is4k.es/necesi- tas-saber/sexting https://www.elmundo.es/ vida-sana/sexo/2018/07/20/ 5b50b3eb468aeb2a7d- 8b464e.html https://www.elperiodico. com/es/internacio- nal/20191204/cd- mx-ley-olimpia-violencia-se- xual-digital-7761763 CONSECUENCIAS LEGALES El Congreso de Ciudad de México aprobó por unanimidad reformas al Código Penal para cas- tigar la violencia sexual digital, que establecen penas de hasta seis años de cárcel para quien comparta imágenes íntimas de otra persona sin su consentimiento. La Ley Olimpia, llamada así por el nombre de la activista del estado de Puebla que inició la lu- cha a nivel nacional, tipifica como delito contra la intimidad sexual grabar, fotografiar y difun- dir imágenes o mensajes "de contenido sexual íntimo" de otra persona "sin su consentimiento o mediante engaños".

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