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REVISTAGI Marzo-Abril No.39

Farmacias GI Mujer

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Los derechos sexuales son derechos humanos fundamentales y universales El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables. Esto abarca el derecho a decidir tener o no hijos, el número y el espacio entre cada uno, y el derecho al acceso pleno a los métodos de regulación de la fecundidad. El derecho a información basada en el conocimiento científico Implica que la información sexual debe ser generada a través de la investigación científica libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos los niveles sociales. El derecho a la educación sexual integral Es un proceso que se inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que debería involucrar a todas las instituciones sociales. El derecho a la atención de la salud sexual La atención de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y trastornos sexuales. Esta declaración fue aprobada por la Asam- blea General de la Asociación Mundial de Sexología, WAS, el 26 de agosto de 1999, en el 14º Congreso Mundial de Sexología, Hong Kong. Fuente: Asociación Mundial para la Salud Sexual, Declaración de los derechos sexuales (2014). http://bit.ly/declaracionuniversal 8 10 9 7 27 P A R E J A | R E V I S T A G I

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